El Comité de Vigilancia está compuesto por condóminos elegidos durante la Asamblea General, actuando como representantes legales. Su principal rol es monitorear y evaluar el desempeño del administrador y la implementación de los acuerdos de la Asamblea. Este comité está formado por entre dos y cinco miembros, incluyendo un presidente y varios vocales, que operan de manera conjunta. Los miembros son designados por un año, de manera honorífica, permitiendo la reelección de solo la mitad de los miembros, con excepción del presidente.
Para integrarse al Comité de Vigilancia, es indispensable ser propietario de una unidad de propiedad exclusiva o tener representatividad legal, además de estar al corriente con las cuotas de mantenimiento y administración del condominio.
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